La luz al final del túnel para la náutica deportiva
Las medidas de “desescalada”, prevista en Fases por el Gobierno, parecían enviar a la náutica deportiva o de recreo directamente a la Fase III, al ubicarla dentro del Transporte Marítimo.
Las asociaciones de Empresas Náuticas no tardaban en solicitar aclaraciones a la Dirección General de la Marina Mercante al respecto
Y por fin, ayer (30 de abril 2020), se da respuesta a la petición mediante un escrito no muy amplio, pero esclarecedor en alguno de sus puntos, en relación a la consideración de la navegación deportiva o de recreo en el Plan para la transición hacia una nueva normalidad (PTNN).
DESESCALADA NÁUTICA
El principal punto que deja claro, es que la navegación deportiva o de recreo no es una actividad vinculada al transporte marítimo. Es una actividad de ocio, deporte y turismo. Vamos a ver las actualizaciones fase a fase en este sentido:
FASE 0 – Del 4 al 10 de mayo 2020
No se puede navegar por ocio. Solo se puede navegar entendiendo esta actividad como deportiva a nivel individual, es decir, como actividad física. Pero van más allá, indicando que solo se podrá navegar en “determinadas” embarcaciones de vela (exclusivamente de vela). En esta fase, no se permite el arrendamiento de embarcaciones.
Además de esto, no es posible navegar si nuestro barco no está en el mismo municipio en el que residimos. Solo podría ir una persona a bordo y con el objetivo de hacer actividad física. Son de obligado cumplimiento en este punto, los procedimientos y protocolos establecidos por los Puertos Deportivos.
Resumen: solo 1 persona a bordo para “entrenar”. Imprescindible residir y tener el barco en el mismo municipio.
FASE I – Del 11 al 25 de mayo 2020
En esta fase, ya se puede entender la navegación como una actividad de turismo activo y naturaleza, englobándose dentro de las Actividades Culturales y de Ocio marcadas en el plan de desescalada nacional.
Se habla de grupos limitados, sin especificar nada en concreto al respecto. Entendiéndose, en cualquier caso, que habría que garantizar las distancias sociales a bordo (aplicando el sentido común).
Se tienen que tomar medidas de desinfección y refuerzo en normas de salud e higiene que se comparan con las de alojamientos turísticos, que en esta fase no pueden utilizar sus zonas comunes. Si lo llevamos a la embarcación, se podrían entender que la parte interior debe ser utilizada lo mínimo e imprescindible.
En este punto, seguimos con las limitaciones geográficas a residir y tener la embarcación en el mismo municipio.
Resumen: grupo reducido de personas que permita el distanciamiento social de 1.5 m entre cada persona. Uso de zonas interiores solo para lo estrictamente imprescindible. Residir y tener el barco en el mismo municipio.
Desde esta misma fase, también es importante destacar, que se permite la celebración de contratos para el arrendamiento de embarcaciones. Adecuándose a las restricciones geográficas de los usuarios en todo caso. Por lo que el mercado es muy limitado.
FASE II – Del 26 mayo al 9 de junio 2020
Igualmente en esta fase, la navegación recreativa tiene consideración de actividad de turismo y naturaleza (como en la fase anterior). Se autorizan grupos más amplios (sin concretar), y ya no será necesario residir en el mismo municipio aunque sí, en la misma Comunidad Autónoma. Igualmente solo se podrá navegar en aguas de esa Comunidad Autónoma.
Resumen: grupos más amplio de personas que permita el distanciamiento social, se podrán utilizar zonas interiores por grupos reducidos (1/3 de las personas a bordo, siguiendo los indicadores para establecimientos turísticos) y, teniendo el barco y residiendo en la misma Comunidad Autónoma.
En esta fase se permitirá la realización de prácticas de navegación de las titulaciones de recreo, puedes consultar el post de Escuela Náutica Cabo Mayor al respecto.
FASE III – Del 10 al 24 de junio 2020
En esta fase ya se autorizan las actividades náuticas de recreo, sin más limitaciones que las que rijan a nivel general. Además se tendrán que adoptar las medidas sanitarias de prevención. A este respecto, el club ya elaboró un completo procedimiento que se puso en conocimiento de los socios y que está disponible para descarga desde el “Acceso socios”.
En esta última fase, habrá que tener muy en cuenta de nuevo que no se puede viajar entre provincias hasta, como mínimo, el próximo 25 de junio y siempre que ambas provincias hayan superado la Fase III.
Por lo tanto, la fecha en el horizontes donde se podrá disfrutar sin estrictas limitaciones, sigue siendo a partir del 26 de junio para los socios que residan fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
SALIDAS SOCIOS ALPHA SAILING CLUB
En el caso concreto de nuestros socios, la cosa quedaría así:
- A partir del 26 de mayo podrán comenzar a navegar los residentes en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- A partir del 26 de junio podrán comenzar a navegar los residentes en otras Comunidades Autónomas que hayan superado la Fase III, si Cantabria también la ha superado.
En ambos casos, siempre se tendrán que respetar las limitaciones y obligaciones establecidas en cada fase de la desescalada.
ALQUILER DE EMBARCACIONES A NO SOCIOS
- Desde el 11 de mayo se podrán alquilar embarcaciones a residentes en el municipio de Camargo.
- Desde el 26 de mayo se podrán alquilar embarcaciones a residentes en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Desde el 26 de junio se podrán alquilar embarcaciones a residentes de cualquier Comunidad que haya superado la Fase III.
Todas estas fechas y previsiones pueden verse alteradas en función de la evolución de la crisis sanitaria. En cualquier caso, parece que ya va quedando menos para disfrutar del mar y la navegación. Responsabilidad personal máxima en estos tiempos para que todo acabe lo antes posible.
¡Buena proa!